Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada. SEGUNDO: SE CONFIRMA PARCIALMENTE la decisión recurrida de fecha veintiocho (28) de septiembre de 2006, proveniente del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua que declaró Parcialmente Con Lugar la demandada intentada por el ciudadano Guillermo Adolfo Carpio Vilera en contra del Luís Rafael Campagna Oropeza y solidariamente contra Inversiones Campagna C.A.