PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS ANTONIO CORRO MARTINEZ, ya identificado, contra los ciudadanos DELIO RICARDO TORREALBA ROMERO Y ALEICI CANDELARIO TORREALBA ROMERO, también identificados, por la perturbación en un lote de terreno constante de VEINTE HECTAREAS (20 Has.), ubicado en el Asentamiento Campesino denominado Domingo Lorenzo y Versuga, Sector del mismo nombre, Jurisdicción del Municipio Ortiz del Estado, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Vía de penetración; SUR: Río Tiznados; ESTE: Fundo El Paradero y OESTE: Terrenos ocupados por Cupertino Belisario.-
SEGUNDO: Como consecuencia, de la declaratoria SIN LUGAR, se revoca el Decreto Interdictal de Amparo acordado por este Tribunal en fecha 28 de octubre de 2004 y ejecutado en fecha 08 de diciembre de 2004, por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-
TERCERO: De conformidad.....