Razón por la cual, éste Tribunal atendiendo a los principios constitucionales al derecho a la defensa y al principio pro actione, ADMITE el llamado a terceros solicitado por la parte demandada, en consecuencia, se ordena la notificación de la Empresa GUARDIAN DE VENEZUELA S.A., en la persona de cualesquiera de sus representantes legales o estatutarios ubicada en la zona Industrial de Maturín, Manzana 50, Avenida 5 de Maturín Estado Monagas a los fines de que comparezca a la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR la cual se fija al DÉCIMO (10°) DÍA HÁBIL SIGUIENTE A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), a que conste en autos la certificación que se realice por secretaría de haberse practicado dicha notificación, vencidos como sean tres (03) días continuos que se conceden como término de la distancia previo vencimiento del lapso de suspensión establecido en el artículo 108 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, conside.....