Es por las anteriores consideraciones que este Tribunal Primero de Juicio, actuando en el nombre de la Republica y por autoridad de la Ley : DECIDE: Declara DE OFICIO la NULIDAD de la audiencia de Constitución de Tribunal Unipersonal de Fecha 06/04/2006, y REPONE la causa al estado de que el acusado KENNY RONDON ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.999.478, a quien de le sigue juicio por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, cometido en perjuicio de las victimas, ciudadanos MARIANGEL CEDEÑO GUEVARA y VICENTE CIGONA, sea TRASLADADO desde EL Internado Judicial de San Juan de Los Morros, a los fines de que asista a la audiencia oral el día 18-07-2006 a las 3:00 p.m., y manifieste si desea ser juzgado por el Tribunal Unipersonal de Juicio. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 195 eiusdem; y la parte in fine del artículo 164 del aludido Código Orgánico Procesal Penal. Fijándose c.....