DECLARA: SIN LUGAR POR IMPROCEDENTE E IMPERTINENTE la solicitud efectuada por la ciudadana LELIA GONZÁLEZ UBIEDA, en su condición de acusada en el presente asunto jurídico, en razón de no encontrarse prescrita la acción penal, según las reglas y normas establecidas para ello, en los artículos 108, 109 y 110, todos del Código Penal.