Se publicó y se registró decisión en la que se hicieron los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Declara Con Lugar la solicitud de la Representación Fiscal con respecto al Sobreseimiento Definitivo de la Causa a favor del Ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 8° del Articulo 48 del COPP, en concordancia con el Ordinal 3º del Artículo 318 Ejusdem y el Literal ¿d¿ del Articulo 561 de la LOPNA. SEGUNDO: Se ordena remitir el presente asunto al archivo de esta Sección Penal, en su oportunidad legal como pieza concluida.