Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Decreta CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL y LAS ACCESORIAS impuesta a IVAN RAFAEL ROMERO ORASMA, Titular de la cédula de identidad Nº 17.602.458, por su participación en la comisión de los delitos de VIOLACIÓN previsto y sancionado en el artículo 375 en su encabezamiento del Código Penal en concordancia a lo dispuesto en los artículos 83 y 378 ejusdem; y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del referido Código Sustantivo. Ofíciese a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso con atención al Departamento de Vigilancia y Ejecución de sanciones penales y al Consejo Nacional Electoral, remitiéndole copia certificada de la presente decisión.