DECRETA:
PRIMERO: La aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Se niega y rechaza, la aprehensión en flagrancia.
SEGUNDO: Se acuerda la Libertad Plena desde la sala de audiencias, del ciudadano JEAN CARLOS BANDES TOVAR, ampliamente identificado en este mismo fallo con anterioridad.
TERCERO: Se declara, parcialmente con lugar, el petitorio fiscal y con lugar, el de la defensa pública.
CUARTO: Se ordena la exclusión del ciudadano JEAN CARLOS BANDES TOVAR, ante el Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL) referente a los registros policiales que pueda presentar el mismo, con motivo del presente caso bajo estudio.