Se dictó sentencia mediante la cual éste Tribunal se declaró INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA FUNCIONALIDAD para conocer del presente asunto, y por consiguiente se ordenó DECLINAR LA COMPETENCIA, para la sustanciación y conocimiento de la causa en el Tribunal Superior del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.-