este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano ESTEBAN REY BERMUDEZ, contra el ciudadano Consejo Comunal, representado por la ciudadana: CLARIBEL TORO, ya identificada, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SERVICIO DE MECANICA AUTOMOTRIZ. SEGUNDO: Se ORDENA a la parte demandada Consejo Comunal Casco Central, en la persona de su Vocero Principal, ciudadana: CLARIBEL TORO, cancelar al actor, por daños y perjuicios la cantidad de DOS MIL BOLIVARES ( Bs. 2.000,00), monto éste intimado en la presente acción.-
TERCERO: Se CONDENA en costas a la parte perdidosa, de conformidad
con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del tribunal.