DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA POR INCUMPLIMIENTO LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al ciudadano MANUEL ANTONIO DONAIRE MONCADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 262, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, anexa al mismo la Orden de Captura. SEGUNDO: Queda SUSPENDIDA LA PRESENTE CAUSA, hasta tanto se ejecute lo ordenado en la decisión que antecede. Notifíquese a las partes. CÚMPLASE.
LA JUEZ TEMPORAL,
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ABG. DAYSY CARO CEDEÑO DE GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
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ABG. MARIELA LÓPEZ DUGARTE
En la mism.....