DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hechos y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ADMITE la acusación formulada por la Fiscalía 19° del Ministerio Público, en contra del imputado ciudadano LAOTSE JOSE LONGO ACOSTA, plenamente identificado, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, conforme al artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana MARÍA ANDREINA CARPIO NINLIM. SEGUNDO: Se admite igualmente los medios probatorios, todo de conformidad con el artículo 104 en relación con el ordinal 2º del artículo 330 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda la Suspensión Condicion.....