Vista la diligencia que antecede, de fecha 28-11-2012, introducida y suscrita por el ciudadano: GUILLERMO BENITO HANCE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 10.208.671, en su carácter de autos, asistido del abogado PEDRO CONCEPCION CHAVEZ PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 158.913, y el pedimento contenido en ella la admite cuanto ha lugar en derecho; en consecuencia revisadas las actuaciones procesales que conforman y constituyen la presente solicitud signada con el N° 5.593-2012, observa a los folios 24, acto de fecha 19 de Noviembre de 2012, donde siendo la oportunidad legal correspondiente para que tuviera lugar el acto de Reconocimiento en contenido y firma de documento privado de fecha 17 de Septiembre del año 2.012, cursante en autos (f. 2), efectivamente hicieron actos de presencia del Ciudadano RAMÒN ELIAS DIAZ DIAZ, reconocedor de dicho instrumento, por lo que esta instancia Judicial administra.....