SE DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado CARLOS MONTOYA MELO, defensor Privado del ciudadano ISRAEL ANTONIO GONZÁLEZ ABAD; y en consecuencia, se confirma, la decisión publicada el 02 de Agosto del año 2007, por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo, que condenó al referido ciudadano a cumplir la Pena de Diez (10) años de presidio, más las accesorias de Ley y al Pago de las Costas Procesales, por su participación en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 405 y 82, del Código Penal, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se funda esta decisión en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 451 del Código Orgánico Procesal Penal.