"...este Tribunal de Control No: 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente investigación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48 ordinal 7° y 318 numeral 7º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones impuestas a la ciudadana: Edelmira Ramona Hernández Quiñónez; venezolana, titular de la Cédula de Identidad No: V-8.820.921, natural de esta ciudad; residenciada en Bello Horizonte, casa No: 39, hija de Marco Ramón Hernández y de Dilia de Hernández, por la comisión de los delitos de Lesiones Personales Intencionales Leves y Uso Indebido de Arma de Fuego; previstos en los artículos 418 y 182 del Código Penal Venezolano en el cual aparece como víctima la ciudadana Juana Marcela Mendoza..."