Se observa que el penado fue detenido por primera vez el 10-01-1994, posteriormente se le revoca el beneficio de Destacamento de Trabajo, fue detenido nuevamente en fecha 20-11-2009, luego que el Tribunal ordenara su captura, estando privado hasta el día de hoy 30-03-2011, por un tiempo de, UN (01) AÑO CUATRO (04) MESES, DIEZ (10) DIAS, mas el tiempo de la primera detención, de SIETE (07) AÑOS, UN (01) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS lo que da un total de detención de OCHO (08) AÑOS, SEIS (06) MESES, Y SEIS (06) DIAS; más el tiempo de la primera redención de DOS (02) AÑOS SIETE (07) MESES VEINTICINCO (25) DIAS, más el tiempo de la segunda redención en esta misma fecha de SIETE (07) MESES Y CATORCE (14) DIAS; lo que da un total de detención de ONCE (11) AÑOS, NUEVE (09) MESES, QUINCE (15) DIAS Y DOCE (12) HORAS, por la comisión del delito que se ventilan, faltándole por cumplir de la pena impuesta CINCO (05) AÑOS DOS (02) MESES CATORCE (14) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN.....