Por las anteriores razones Doctrinales y exposiciones de Derecho, es por que este Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Valle de la Pascua, administrando Justicia, en nombre de Dios Todo Poderoso, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: APERCIBIMIENTO DE PERENCION DE LA DEMANDA, incoada la parte actora, ciudadano YOEL ALBERTO SIFONTES GARCIA, debidamente representado por la profesional del derecho ciudadana CELESTINA PINTO RONDON, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 13.757, en el juicio seguido en contra de la empresa CHINA RAILWAY ENGINEERING CORPORATION VENEZUELA (CREC FRENTE 4). Pudiendo la parte actora intentar de forma inmediata nuevamente la demanda. Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada.
LA JUEZ TITULAR,
ABOG. MARIA MILAGROS SALAZAR
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