DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno denominado "Fudo mis viejos I" ubicado en el sector Santa Rosa, parroquia Camaguán, municipio Camaguán del estado Guarico, constante de Doscientas Hectáreas con Seis mil Cuatrocientos Metros Cuadrados, (200 Has. con 6.400 mtrs2), alinderado de la siguiente manera, Norte: Sabana Sueltas; Sur: Terreno ocupado por Fundo Filo e Lomo; Este: Terrenos ocupado por Fundo la Sonrisa y; Oeste: terreno ocupado por Hato los Tramojos, a favor del ciudadano Marco gusvan Malkoc Gamarra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-.....