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Decisiones del dia 30/04/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-M-2007-000276 N° Sentencia : PJ0102008000055 Fecha: 30/04/2008
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL BANCO DE VENEZUELA S.A BANCO UNIVERSAL CONTRA RAFAEL JOSÉ MILLAN ZABALA
Resumen:
DISPOSITIVO-PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada en la causa, ciudadano RAFAEL JOSÉ MILLAN ZABALA, ya plenamente identificado en el presente fallo. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES incoara la Entidad Financiera BANCO DE VENEZUELA S.A BANCO UNIVERSAL en contra del ciudadano RAFAEL JOSÉ MILLAN ZABALA, ambas partes plenamente identificadas. TERCERO: Como consecuencia del particular anterior, se condena a la parte demandada en la causa, al pago a favor de la actora, de la suma de Sesenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y Nueve Bolívares Fuertes con veintidós céntimo (BsF. 69.159,72), lo cual comprende a) Capital adeudado en virtud de el contrato que asciende, con corte de cuenta al día 06/12/2007, inclusive, a la cantidad de Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (BsF.50.000,00); b) Intereses moratorios causados y adeudados sobre el capital adeudado, en virtud de el contrato, que calculados a la tasa máxima vigente por el Banco Central d.....
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Juzgado Decimo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2008-001060 N° Sentencia : PJ0102008000056 Fecha: 30/04/2008
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Por Cuotas De Condominio
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL ADMINISTRADORA TAURUS, S.R.L CONTRA ADELA MIREYA HERNÁNDEZ DE VALLES Y EDDA VIOLETA HERNÁNDEZ MARTÍNEZ
Resumen:
Ahora bien, las planillas (o recibos) de condominio, constituyen per se, títulos ejecutivos siempre y cuando correspondan a los gastos comunes a que hace alusión el artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal en su único aparte el cual establece lo siguiente: "(...) Las liquidaciones o planillas pasadas por el administrador del inmueble a los propietarios respecto a las cuotas correspondientes por gastos comunes, tendrán fuerza ejecutiva. (omissis)" subrayado y negrillas del Tribunal. Es decir, que las mismas son susceptibles de ser reclamadas judicialmente por el procedimiento de la vía ejecutiva, por cuanto, es la propia Ley de Propiedad Horizontal quien le otorga dicha fuerza ejecutiva. Tal como lo ha establecido la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 2675 de la Sala Constitucional, de fecha del 28 de octubre de 2002, la cual le otorga el carácter de título ejecutivo solamente a las planillas (o cuotas) de condominio por concepto de gastos comun.....
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Juzgado Decimo de Municipio
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