Por todos los razonamientos anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 263 Ejusdem, HOMOLOGA LA TRANSACCION, celebrada por las partes.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada, para el Archivo de este Juzgado.
Dado, firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los Treinta días del mes de Mayo de Dos mil Seis. (30-05-2006)
Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. DELIA GONZALEZ IBARRA
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