DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial Civil existente entre los ciudadanos: MARIANA TRUJILLO CUANES y JOSE RUBEN GUDIÑO COLORADO, venezolanos, mayores de edad, ambos de este domicilio, titulares de la Cédula de Identidad N°. V- 20.876.014 y V.- 19.724.752, respectivamente, domiciliada la primera, en la Población de Tiguigue, Casco Central, Calle Araguaney, Casa S/N° de la Población Ortiz del Municipio Ortiz del Estado Guárico, y el segundo de los nombrados, en la población de Guanayen del Municipi.....