administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ordena al ciudadano Registrador Civil del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, una vez sea ubicado el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por la extinta Prefectura del Distrito Infante de este estado Guárico durante el año 1986; para que estampen la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento, asentada bajo el Nº 633, de fecha 07 de Abril de 1.986 , a fin de que se haga la siguiente corrección, en el sentido de que donde aparece "UN NIÑO" debe aparecer "UNA NIÑA", que es lo correcto. Asi se decide.