Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de Menores, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda incoada por la Ciudadana: MARIELYS JOSEFINA HERNANDEZ LARA, en representación de sus adolescentes XXXXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXX, y XXXXXXXXXXXXXXXX, con motivo del Juicio de AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, cuya mensualidad era de TRESCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 380,oo) MENSUAL; es por ello que en consecuencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 8 y 365 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es necesario declarar con lugar el aumento a una suma equivalente al Treinta por ciento (30%) del salario devengado por el demandado el cual esta establecido por un monto SIETE MIL CIEN.....