Este Juzgado declara Sin Lugar la demanda interpuesta. No obstante, Se ORDENA al Municipio Leonardo Infante del estado Bolivariano de Guárico, que determine inmediatamente el valor de los dos mil novecientos metros cuadrados (2.900 M²) de terreno, propiedad del ciudadano JORGE IBRAHIN FARES (Cédula de Identidad Nº 8.558.440) y que se vieron afectados por la ejecución de la obra Parque Recreacional "Tío Simón".