En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos GIAN MASSIMO BIANCHI IACOVELLI y MAIGUALIDA JOSE MARIN DE BIANCHI, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 12 de diciembre de 1997, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el acta N° 457 del Libro de Registro Civil correspondiente al año 1997.
Ofíciese lo conducente a la Oficina Subalterna del Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines legales consiguientes.