Dispositiva:
En base a lo anteriormente expuesto, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado Cecilio Castillo Vargas, quien actúa en su condición de Juez del Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 02 de la Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, San Juan de los Morros, para conocer de la causa signada bajo el Nº JP01-D-2014-000470, seguida en contra del ciudadano José Gregorio Vargas Enríquez; de conformidad con lo dispuesto el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 89 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.