Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto en función de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta con lugar la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano imputado JOSE ANGEL PALACIO CASTRO, Venezolano, natural Calabozo , de 25 años de edad, nacido en fecha 29-08-1983, estado civil soltero, oficio publicista, hijo de Libia Castro de Palacio (v) y Leopoldo Eugenio palacio (v), residenciado en Barrio vicario I carrera 04, entre calles 05 y 06, casa Nº 24, diagonal a la biblioteca comunitaria Calabozo Estado Guárico, titular de la cédula de identidad N°16.145.173, teléfono 0424-3632127, en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecidas en los artículos 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violenci.....