Por las razones expuestas, este Tribunal de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: Acuerda la libertad del acusado LUIS GERARDO VARGUILLA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.844.609, soltero, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 26-09-74, hijo de Alicia Páez y Pilar Varguilla, residenciado en la calle principal N° 97, Corozal, Municipio Infante. Todo de conformidad con lo establecido en el primer aparte del articulo artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia se acuerda librar boleta de excarcelación a nombre del acusado, dirigida al comandante de la zona policial N° II, de esta ciudad, haciéndole saber al referido comandante que deberá notificar al acusado Luís Gerardo Varguilla Páez, que debe comparecer por ante este tribunal dentro de los tres días hábiles siguientes a su libertad a los fines.....