Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los ciudadanos imputados SADEK ABDUL NABI HAMZE, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES DE CARÁCTER LEVE, previsto y sancionado en los artículos 416 del código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano Nemer Kanso. SEGUNDO: Se acuerda la prosecución del presente proceso bajo las reglas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, a fin de que el Ministerio Publico realice las investigaciones necesarias restantes y emita el correspondiente acto conclusivo. TERCERO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al imputado SADEK ABDUL NABI HAMZE, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinales 3° y 9º consistentes en: ORDINAL 3°: Presentarse cada Treinta (30) días ante l.....