Este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción del estado Bolivariano de Guárico, en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer de la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS GUERRERO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.223.908, asistido por los abogados en ejercicio JUAN JOSÉ QUINTERO, FANNY ESCOBAR FIGUEROA, ELOY JOSÉ FLORES HERRADEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 8.802.606, V.-10.977.534, V.-9.921.677 respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los N° 65.102, 52.792, 225.313, respectivamente. Así se declara.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS GUERRERO ESPI.....