"En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la presente acción Mero Declarativa, interpuesta por los abogados ZORAIDA SALOMON y FRAIS HERNANDEZ, apoderados de la ciudadana MARIA ANGELICA MELECIO, contra VICENZO FALLO SANTONICOLA, todos identificados.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la reconvención interpuesta por VICENZO FALLO SANTONICOLA, en consecuencia se declara la nulidad del contrato de cesión de los derechos sobre un inmueble (casa de habitación) ubicado en la calle Cecilio Acosta s/n del Barrio Ricardo Montilla, el cual se encuentra alinderado de la manera siguiente: NORTE: Con Terreno M.....