DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Apelación, presentado por la ciudadana Sorelis Maria Flores Hernández, en su carácter de Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico, contra la audiencia de Presentación de fecha 08-09-2013 y publicada en fecha 11-09-2013, por el Juzgado Segundo en funciones de Control de la Sección Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del estado Guárico, que declaro la desestimación del delito de Amenaza, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, por considerar quienes aquí deciden que el a quo incurrió en el vicio de inmotivacion de la decisión dictada, al no establecer de manera alguna los elementos que condujeron a desestimar la precalificació.....