DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, actuando como Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara La Extinción de la Acción Penal y por consiguiente El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano MARCIAL ENRIQUE ALCALA RIVAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°: V-16.144.815, natural de Calaozo, de 25 años de edad, soltero, profesión u oficio Obrero- Albañil, residenciado en el Barrio Vicario I, callejón el Llanero, casa N° 08, Calabozo- Estado Guárico, de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, tipificado en el artículo 418 del Código Penal derogado, en perjuicio de la ciudadana EULIS DEL CARMEN GERDET PAEZ, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 ordinal 7°, 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Pena.....