DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, actuando en sede Constitucional, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo interpuesta por la Abg. INDIRA ARAY; donde aparece como presunto agraviante el Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico; en el asunto Nº JP01-D-2013-000455; SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE, la presente Acción de Amparo Constitucional, por cuanto el imputado y su defensa, tienen de acuerdo a la ley penal adjetiva, la posibilidad de solicitar la revisión o sustitución de la medida de coerción personal las veces que lo considere pertinente; ello de conformidad con el criterio de la Sala Constitucional del Tri.....