Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la demanda por Desalojo incoada por el abogado Nestor José Gámez López, actuando como apoderado judicial del ciudadano Henry Rodríguez, en su carácter de ¿Arrendador¿, contra el ciudadano Antonio Alfredo Tortolero Villalobos, sobre un inmueble propiedad del Arrendador, constituido por una casa-quinta, constante de tres habitaciones, dos salas de baño, sala ¿ comedor, estudio, cocina, porche, estacionamiento, la cual está ubicada en la Calle N° 07, Casa N° 13, Urbanización Vipedi, de esta ciudad de Valle de la Pascua; y cuyos linderos son: Norte: Parcela 145 y 146; Sur: Calle Sur; Este: Parcela 159; y Oeste: Parcela 161.