En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano Ramón Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.297.794 contra la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Centrales Rómulo Gallegos.-
SEGUNDO: Se ordena al demandado pagar al actor los intereses moratorios, generados de la cantidad de diecisiete millones novecientos ochenta y cinco mil setecientos treinta y un mil bolivares, calculados desde el 2 de marzo del 2000 hasta el 15 de diciembre del 2.003, los cuales deben ser calculados, por un experto contable, nombrado por el Tribunal de Ejecución, tomando en cuenta los indices inflacionarios indicados por el Banco Central de Venezuela, de conformidad con el articulo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo literal c.-
TERCERO: Se ordena la indexación del ant.....