DISPOSITIVA
Con apoyo a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO VERBAL DE COMODATO, intentaran por ante este Tribunal las ciudadanas BLANCA MARGARITA ROMERO DE APONTE y ANIBET DE JESÚS APONTE ROMERO, asistidas por la abogada en ejercicio YNES VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.122, contra la ciudadana YSVETH GONEIRE MATUTE ESPINOZA, todos identificados en autos y en consecuencia, DECLARA RESUELTO EL CONTRATO VERBAL DE COMODATO celebrado por las partes sobre un inmueble ubicado en la siguiente dirección Conjunto Residencial La Granja, Edificio La Naranja, Tercer Piso, Apartamento Nº 16, construido sobre un lote de terreno ubicado en la antig.....