este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito del Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
Primero: Con Lugar la acción de colación intentada por AIRES DA SILVA MARIANO, mayor de edad, comerciante, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.611.134, contra MARIA DA SILVA MARIANO, titular de la cédula de identidad N°E-870.061.
Segundo: Se condena a la parte demandada a colacionar el valor del inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nº 7-A, planta 7 del Edificio Residencias El Pinar, ubicado en la Urbanización El Pinar con intersección de la Avenida Páez y la Avenida "B", Angulo Noroeste El Paraíso, jurisdicción de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador, Distrito Capital, a la masa hereditaria formada por los bienes dejados por el causante, por el valor del inmueble para el momento de la apertura de la suc.....