Decisiones del dia 31/07/2006
N° Expediente :
AP51-V-2006-013589
N° Sentencia :
PJ0292006000262
Fecha: 31/07/2006
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento
Partes: CIUDADANA: AJMO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-14.622.551; EN BENEFICIO DE LA NIÑA (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNA)
Resumen:
Esta Sala de Juicio No. XIV, del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre de la niña xxxxx, signada con el No. 798, de fecha nueve (9) de mayo de dos mil (2.00), la cual se encuentra asentada en la Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador del Distrito Capital, y donde colocaron el número de cédula de identidad del madre de la niña, de manera incorrecta "14.622.552" siendo lo correcto: "14.622..551".
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-V-2006-013648
N° Sentencia :
PJ0292006000263
Fecha: 31/07/2006
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento
Partes: CIUDADANA: SMPB, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-15.367.765; EN BENEFICIO DE LA NIÑA (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNA)
Resumen:
Esta Sala de Juicio No. XIV, del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre de la niña xxxxx, signada con el No. 1036, de fecha quince (15) de julio de mil novecientos noventa y nueve (1.999), la cual se encuentra asentada en la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, y donde colocaron el número de cédula de identidad del padre de la niña, de manera incorrecta "14.124.494" siendo lo correcto: "14.129.494". Asimismo se ordena oficiar al Registrador Principal del Distrito Capital y a la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, a los fines de que efectúen la debida corrección.
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-V-2006-013321
N° Sentencia :
PJ0292006000264
Fecha: 31/07/2006
Procedimiento: Inadmisible
Partes: CIUDADANO: LVP, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-9.953.422; EN BENEFICIO DE LOS NIÑOS (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNA)
Resumen:
Esta Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, aún siendo competente por la materia declara INADMISIBLE la demanda en los términos expuestos, en consecuencia, se ordena el archivo de la presente causa, una vez quede firme la presente decisión. Todo de conformidad con lo preceptuado en los artículos 341 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 340, ordinal 4° eiusdem; y así se declara.
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-V-2006-009676
N° Sentencia :
PJ0292006000267
Fecha: 31/07/2006
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento
Partes: CIUDADANA: GEMM, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 3.550.493; EN BENEFICIO DEL ADOLESCENTE (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA)
Resumen:
Esta Sala de Juicio No. XIV, del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre de la adolescente xxxxxxx, signada con el No. 2053, de fecha cinco (05) de septiembre de mil novecientos noventa y dos (1992), la cual se encuentra asentada la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador, Distrito Capital y donde fue colocado el nombre del ciudadano JCSR como "JOSÉ CACAANOTO" debe ir colocado "JOSÉ COROMOTO" que es lo correcto. Asimismo se ordena oficiar al Registrador Principal del Distrito Capital y a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José del Municipio Libertador, a los fines de que efectúen la debida corrección.
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-V-2006-013868
N° Sentencia :
PJ0292006000266
Fecha: 31/07/2006
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento
Partes: CIUDADANA: AEZS, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-24.722.453; EN BENEFICIO DEL NIÑO (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNA).
Resumen:
Esta Sala de Juicio No. XIV, del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre del niño xxxx, signada con el No. 10465, de fecha veintisiete (27) de abril de dos mil cuatro (2.004), la cual se encuentra asentada en la Unidad Hospitalaria de la Maternidad Concepción Palacios del Municipio Libertador del Distrito Capital, donde el funcionario transcriptor, omitió asentar el número de cédula de identidad de la madre y colocó "manifiesta no portar cédula de identidad" siendo lo correcto "E-82.045.248" y registro parcialmente su nacionalidad colocando "natural de Barranquilla" siendo lo correcto "natural de Colombia, Barranquilla".
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-010167
N° Sentencia :
PJ0292006000268
Fecha: 31/07/2006
Procedimiento: Separación De Cuerpos
Partes: CIUDADANOS: AOR Y ECPR, AMBOS VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO, TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-7.992.259 Y V-9.436.725, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
En consecuencia esta Sala de Juicio, ADMITE la presente solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el literal "i" Parágrafo Primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES, en los mismos términos y condiciones expuestos en el escrito de solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 189 y 190 del Código Civil. Óbviese la notificación al Representante del Ministerio Público, en aplicación del criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, expuesto en la Sentencia del 17/05/2001, expediente Nº 00-506, en concordancia con lo previsto en el numeral (2do), del artículo 131 del Código de Procedimiento Civil, que establece los supuestos en que es obligatoria la intervención del Ministerio Público. Asimismo, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, acuerda respetar las resoluciones tomadas por las partes .....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente