Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en su competencia de materia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DAÑOS, interpuesta por la ciudadana: NAYIBIS DOLORES LOPEZ ARRIETA, contra la EMPRESA SEGUROS LA SEGURIDAD C.A., y condena a la parte demandada a pagar a la parte demandante, la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL BOLIVARES (Bs. 1.827.000,oo), por los conceptos especificados en el libelo de la demanda.
Se condena a la parte demandada al pago de las costas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guári.....