Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuestos el 03 de noviembre de 2015, por las ciudadanas HELGAT CEDEÑO y KAREN ESCOBAR, abogadas inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nº(s) 151.023 y 206.574, respectivamente; adscritas a la Defensoría Nacional de los Derechos de la Mujer, actuando en representación de la ciudadana OLGA JOSEFINA MENDOZA, en contra de la decisión dictada el 14 de julio de 2015, por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia delitos de Violencia contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, por medio de la cual decretó el sobreseimiento del proceso penal de conformidad con lo previsto en e.....