CON LUGAR, la presente acción de amparo interpuesta por los ciudadanos JUSTINO RAMÓN CASTILLO MARÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.883.702 y EDINSON JOSÉ RÍOS FIGUEREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.671.091, en su condición de Secretario de Asuntos Sociales el primero y Secretario de Profesionales y Técnicos respectivamente, del Sindicato de Empleados Administrativos de la Gobernación del Estado Guárico, (SINEAGEG) el segundo, en contra del ciudadano Ramón Landaeta, titular de la cédula de identidad Nº V-14.843.064, en su condición de Presidente del Tribunal Disciplinario del Sindicato de Empleados Administrativos de la Gobernación del estado Guárico (SINEAGEG) en consecuencia se dejan sin efecto el procedimiento iniciado y las decisiones de suspensión dictadas.