DISPOSITIVA:
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda la Libertad Condicional como medida alternativa de cumplimiento de pena a favor de AUGUSTO JOSÉ URDANETA HERNÁNDEZ, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de estado civil casado, de profesión u oficio agricultor, de 38 años de edad, nacido el 07/10/1965, hijo de Jesús Urdaneta (f) y de Aída de Urdaneta y titular de la cédula de identidad Nº 8.787.687, de conformidad con lo establecido en los artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 64 de la Ley de Régimen Penitenciario, y en armonía con los artículos 19, 21 ordinal 1º, 26 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana .....