Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expresadas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se DECLARA SIN LUGAR la acción de REIVINDICACIÓN propuesta por el ciudadano DOMENICO CASSANO GIULIANO contra el ciudadano JUVENCIO ARTURO GONZÁLEZ APONTE, ambos identificados anteriormente, sobre un inmueble ubicado en la calle 7 entre carreras 7 y 8 de Misión de Arriba, Calabozo Estado Guárico.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida.-
Se deja constancia que la presente decisión se dictó en el último día del lapso legal correspondiente para ello.-
Publíquese regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZG.....