Por todas las consideraciones precedentes, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de la demanda de nulidad, intentada por el abogado Herbert Ortiz López, en su condición de apoderado judicial de la sociedad Mercantil Fabrica de Equipos de Protección, C.A. FAIRETEC, contra la certificación Nº 0149-12,de fecha 10 de julio de 2012, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda "Delegado de Prevención Jesús Bravo" órgano adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL), a favor del ciudadano WILFRAN DAVID MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 16.462.467, contenida en el expediente Nº MIR-09-00365.