Se declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público Penal Eduardo Domínguez Burgos en representación del acusado Ricci Jhoan Díaz Lara, contra la sentencia definitiva publicada el 22-09-2006, referente al asunto JP11-P-2005-001844, de la nomenclatura interna de la demandada, y por vía de consecuencia se confirma en toda y una de sus partes la sentencia confutada. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 451, 452.2.3, 453, 454, 455, 456, y 457 del Código Orgánico Procesal Penal,