El tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia DISUELTO el vinculo matrimonial existentes entre los ciudadanos JOSE LUIS APARICIO RAMOS y JENNIFER LOLIMAR FARIAS DE APARICIO, ya identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en su primer aparte, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Juan German Roscio, del Estado Guárico, en fecha 31 de Agosto del año 2007, como consta en Acta de Matrimonio N° 175 anexa al folio cuatro (04) del expediente de solicitud.-
Remítase copia a las autoridades civiles competentes en su debida oportunidad.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la anterior sentencia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del .....