PRIMERO En cuanto al Sobreseimiento de la causa, declarado a favor de los ciudadanos Víctor Manuel Querales López y José León Solórzano Rojas, de conformidad con lo previsto en el ordinal 3º del artículo 330 y ordinal 1º del artículo 318 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se da por concluido el caso.SEGUNDOLos penado ENDER ALEXANDER GONZÁLEZ y JESÚS RAMÓN GONZÁLEZ, ya identificados, fueron detenidos por primera y única vez en fecha 12 de septiembre del 2003, tal como se evidencia de los folios 8 y vto. y 9 y vto. del expediente, cumpliendo hasta el día de hoy un tiempo total de detención de siete (07) meses, y de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, le faltan por cumplir, a ENDER ALEXANDER GONZÁLEZ, OCHO (08) AÑOS Y DIEZ (10) MESES, que cumplirá definitivamente en fecha 12 de febrero del 2013, y a JESÚS RAMÓN GONZÁLEZ, SEIS (06) AÑOS Y DOS (02) MESES, para el total de la pena impuesta, y que cumplirá en fecha 12 de junio del 2010, a las 12:00 horas.....