DISPOSITIVA
El Tribunal pasa a decidir actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: Se Califica como flagrante la aprehensión de los ciudadanos, ELVIS RAFAEL DIAZ CASTILLO y HERNAN ENRIQUE ROJAS, de conformidad con el artículo 44 orinal 1º de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela, y el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente caso, toda vez que se requiere realizar las diligencias de investigación a fin de determinar la certeza en la comisión del hecho presentado, las circunstancias calificantes y las responsabilidades a que haya lugar, de conformidad con lo establecido en los artículos 283, 300 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se Declara Con Lugar la solicitud del Ministerio Público y Sin Lugar de la solicitud de la defensa, y se Mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libe.....