DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara inadmisible el recurso de apelación con efecto suspensivo, interpuesto por la Representante de la Fiscalía Décima Sexta (16º) del Ministerio Público del Estado Guárico, contra la decisión dictada en fecha 12/08/2013, en el marco de la Audiencia Oral de Presentación y publicada en su texto integro en fecha 13/08/2013, emanada del Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, por medio del cual declaró MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano DIAZ BAEZ REINALDO JOSÉ, con fundamento en los artículos 236 numeral 1º, 2º y 3º de la ley adjetiva en relación con lo establecido en el articulo 237 numera.....